1. La presencia en el centro de trabajo de los medios preventivos, cualquiera que sea la modalidad de estructura de dichos capital, será necesaria en los siguientes casos: El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. https://tornadosocial.com/story4827727/la-gu%C3%ADa-m%C3%A1s-grande-para-salud-ocupaciona